Texto de la norma
Decreto Nº 1106, que autoriza a la menor Marina Navidad Nin a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9235, del 14 de Julio de 1971)
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1106
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Ana Luisa Nin Batista, dominicana, mayor de edad, soltera, de oficios domésticos, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en [domicilio omitido], fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar el nombre de su hija Marina Navidad Nin por el de Marina Natividad Nin;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 2 de marzo de 1971, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señora Ana Luisa Nin Batista, para que se autorice el cambio de nombre de su hija Marina Navidad Nin por el de Marina Natividad Nin;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La menor Marina Navidad Nin, hija de la señora Ana Luisa Nin Batista, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Marina Natividad Nin.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de junio del año mil novecientos setenta y uno, años 128° de la Independencia y 108° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.