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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1083

QUE CREA EL COMITE NACIONAL PARA EL CONTROL DE LA POLIOMIELITIS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 may de 1971fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9234Gaceta Oficial del 1 ene de 1971
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Sanidad MilitarMiembro de un órganoE.N

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
~ DADO en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintiocho dias del mes de mayo del aiio mil novecientos setenta y uno, afios 128'? de la Independencia y 10S9 de la Restauracih. JOAQUIN EALAGUER Decreta No 1083, que crea el Cornit6 Nacional para el Control de la (G. 0. No 9234, del 7 de Julio de 1971) Poliomielitis. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Repubiica Dominicanti .~ NUMERO 1083 CONSIDERANDO que es funcidn fundamental del Esta- do velar por la salud p6blica mediante la adopcidn de medidas sanitarias y sociales adecuadas y, por consiguiente, es esencial promover y coordinar todos 10s esfuerzos para combatir las en- fermedades que afectan a la poblaci6n; CONSIDERANDO que es necesario determinar las normar que deben regir Ias actividades especificas relativas a1 control de las enfermedades transmisibles agudas para dictar las dis- posiciones convenientes, generales y particulares, de preven- c%n, a fin de impedir o disminuir 10s riesgos de su difusibn a grupos humanos y combatir las epidemias; CONSIDERANDO que la poliomielitis constjtuye un pro- blema de salud p6blica en el pais que merece atencidn especial del Gobierno por el dalio que puede ocasionar a la poblacidn y que 10s procedimientos tecnicos actuales permiten ejercer un eficiente control y a6n la erradicacih de dicha enfermedacl mediante la ap!icaci<n de m6todos de prevenci6n positivos, por lo qua deben aunarse 10s esfuerzos para la ejecuci6n organizads de una campaiia masiva de vacunacion an.tipoliomielitica que cubra toda la poblaci6n del pais y en la cual participen todos 10s sectores pcblicos y privados; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucibn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : f Art. 1.-Se crea el Cornit6 Nacional para el Control de la Poliomielitis, adscrito a la Secretaria de Estado de Salud P6- blica y Asistencia Social. Art. 2.-El Comit6 Nacional para el Control de la Polio- mielitis estara integrado por: a) El Subsecretario de Estado de Salud PGblica, quien lo presidira, y quien tendra a su cargo la coordinaci6n a nivel nacional de 10s programas que ejecute el comitb; b) El Director del Cuerpo M6dico y Sanidad Militar, E.N. ; c) El Presidente de la Asociaci6n Dominicana de Rehabi- litaci6n ; I d) El Presidente de la Comisi6n Pro Erradicaci6n de la Poliomielitis ; e) Un representante de las Asociaciones civicas y de s e d - cios sociales, escogido por el presidente del cornit6 de una terna presentada por dichas asociaciones, y f ) El Presidente de la Asociaci6n llddica Dominicana. t PARRAF0.-E1 cornit6 temdrri la asesoria de la Oficina Sanitaria Panamericana/Oficina Regional de la Organbacidn Mundial de la Salud. Art. %-son funciones del Cornit6 Nacional para el Con- trol de la Poliomielitis: I a) Dictar y poner en prictica todas Ias acciones tendentes 8 la maxima protecci6n de la poblaci6n susceptible por medio de la vacunacibn, especialmente a la poblaci6n cornprendida entre 10s 3 meses y 14 aiios de edad; t b) Aunar 10s recursos de 10s organismos representados en el comite para la ejecuci6n organizada de campafias masivas de vacunacion antipoliomielitica, que cubran todo el territorio aacional ; e) Mantener informacia a la opinidn publica de la labor a su cargo, mediante todos 10s meciios de difusion a su alcance; d) Solicitar y obtener recursos adicionales de entidades y personas no oficiales, necesarios para el cabal cumplirniento de sus programas de trabajo, y e) Decidir la adopciGii de 10s medios para la obtenci6n de 10s fines sefialados y de la ejecucidn de 10s programas de tra- bajo que ponga en practica. Art. 4.-Bajo la direccion y aeesoramiento del Gomite Na- coinal para el Control de la Poliomielitis, se establecerin Comi- t b hlunicipales en cada uno de 10s hlunicipios del pais que estaran integrados por: E1 Mkdico Encargado del Servicio Local de Salud; el Sin- dico Municipal ; un representante de las asociaciones civicas del blunicipio; un representante de las Fuerzas Armadas, y un representante de la Asociacion ICledica Dominicana. _ - Art. 5.--Para el cumplimiento de las funciones puestas R cargo del Comit6 para el Control de la Poliomielitis creado pox el presente Decreto, el Poder Ejecutivo suministrara por me- dio de las diferentes Secretarias de Estado y empresas aut6no- mas estatales, 10s recursos necesarios. a propuesta del presi- dente del mismo, quien deberh hacer constar en su solicitud e1 destino y us0 que se dara a 10s aludidos recursos. PARRAF0.-Los reeursos citados serhn vehiculos, chofe- res, combustible, lubricantes y dietas para los choferes, pcjr e1 tiempo que fuere necesario. Art. 6.431 ComitB Nacional para el Control de la Poliomie- litis podrzi invitar a sus sesiones a personas y/u organismos especializados cuyos informes y opiniones estime 6tiles o ne- cesarios para la mejor solucih de 10s asuntos a considerar y resolver. DADO en Santo Doming0 de Guzmirn, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintiocho dias del f mes de niayo del aiio mil novecientos setenta y uno, aiios 12V de la Independencia y 1 0 P de la Restauracih. JOAQUIN BALAGUER Decreto Nq 1084, que nombra a1 Mayor TBcnico Rafael E. Hernfrndez B., F.A.D., Juez del Consejo de Guerra de ApelaciBs Mixto de las Fuenas Armadas y de la Policia Nacional. (G. 0. NV 9234, del 7 de Julio de 1971)

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona