Texto de la norma
Decreto Nº 6249 que integra, la Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña.
G. O. Nº 8526. del 30 de noviembre de 1960
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6249
VISTA la Ley que instituye la Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña, Nº 2873, del 5 de mayo de 1951;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.— La Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña queda integrada de la siguiente manera:
El Licenciado Virgilio Alvarez Sánchez, quien la presidirá; el Coronel Luis José León Estevez, Vicepresidente; el doctor Oscar Guaroa Ginebra Henríquez Secretario de Estado sin Cartera; el Administrador General del Banco de Reservas de la República Dominicana; el Administrador General del Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana; el doctor H. E. Priester, Consultor Económico del Banco Central de la República Dominicana; el señor B. V. Marionneaux, Administrador del Central Romana Corporation; el señor Domingo Antonio Rodríguez Creus; y el señor Elizardo Dickson, en sustitución del señor Juan Bautista Vicini Cabral, como Miembros.
Art. 2.— El Director del Departamento de Azúcar y Mieles del Banco Central de la República Dominicana actuará como Secretario de la Comisión.
Art. 3.— El presente Decreto deroga y sustituye al Decreto Nº 5684, de fecha 16 de abril de 1960.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta, años 117° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.