Decreto Nº 681, que concede incorporación a la Asociación Pro-Educación para el Futuro. (G. O. Nº 9372 del 25 de Junio de 1975)
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana
NUMERO 681
VISTA la Ley Nº 520 sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 2 de julio de 1920;
P;n eiercicio de las atribucrones que me confiere el articulo
i 5 : )
(it' la Consrituci6n de 1s Rcpubiica, dicto e1 fiiguiente
D E C R E T O ;
Art. 1
concede el beneficio de la ann,osporacion n la
Bsociaci6n Pro-EducaciAn para el Futuro, con ciornicilio en l;i.
ciudad de S m t o 1)omngo de Guzmrin, Distri to Sacional, cuyos
estatutos iwron aprobados en la Asarnblea celebrada en fecha
E; de agostu (le 1374. LXcha incorporaci6n sera efectiva tan prot:
to como la inilicnda Asociac'h efectGe el depbsito y la piiblica-
cicin a qut se refiere el articulo 4 de la c~tsda Ley W 620.
Art. 2.-Enviese
a la Procuraduria General de la Rep&
hlica, para 10s fines correspondientes.
DM)O en Santo Domingo de G-man,
Distrito Naciom:,
(hliital de ba itepuhlica Dorninicana, a 10s veintirin dias dci
mes de mano del aiio mil noveeientos setenta y cinco; a6oH
;R2Q d~ la Indrpendencia y 112* de la Itestauracibn.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona