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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 677

QUE AUTORIZA AL SR. PEDRO A. CUETO PEÑA, A HACER CAMBIOS EN EL NOMBRE DE SU HIJA MENOR NIÑA A. CUETO CABRERA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 mar de 1975fecha
Otrostipo
G. O. 9371Gaceta Oficial del 1 ene de 1975
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 677, que autoriza al Sr. Pedro A. Cueto Peña, a hacer cambios en el nombre de su hija menor Niña A. Cueto Cabrera. (G. O. Nº 9371, del 7 de Junio de 1975) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 677 CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor Pedro Antonio Cueto Peña, dominicano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en [domicilio omitido], provisto de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar el nombre de su hija menor de edad, Dámasa Cueto Cabrera por el de Nidia Altagracia Cueto Cabrera; CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley; CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 31 de enero de 1975, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor Pedro Antonio Cueto Peña, para que pueda cambiar el nombre de su hija menor de edad Dámasa Cueto Cabrera por el de Nidia Altagracia Cueto Cabrera; VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—El señor Pedro Antonio Cueto Peña, queda autorizado a cambiar el nombre de su hija menor de edad Dámasa Cueto Cabrera por el de Nidia Altagracia Cueto Cabrera. Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona