Texto de la norma
Decreto Nº 1258, que autoriza al Sr. José Ml. Medina, a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9237, del 22 de Julio de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1258
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor José Manuel Medina, dominicano, mayor de edad, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 26 de abril de 1971, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor José Manuel Medina, para que pueda cambiar su nombre por el de José Manuel Feliz;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor José Manuel Medina, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Manuel Féliz.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de julio del año mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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