Texto de la norma
Decreto Nº 1117, que aprueba las modificaciones introducidas a los Estatutos de la Sociedad Casa de España en Santo Domingo, Inc.
(G. O. Nº 9235, del 14 de Julio de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1117
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la Sociedad "Casa de España en Santo Domingo, Inc.", en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha Sociedad por la Asamblea celebrada en fecha 9 de febrero de 1971;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Quedan aprobadas las modificaciones de los Estatutos de la Sociedad Casa de España en Santo Domingo, Inc., introducidas por la Asamblea celebrada en fecha 9 de febrero de 1971.
Art. 2.—Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto como la indicada Sociedad realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley Nº 520.
Art. 3.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de junio del mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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