Texto de la norma
Decreto Nº 1008, que concede definitivamente la nacionalidad dominicana a los Sres. Guillermo A. Henríquez, Graciela Henríquez y Martha I. Henríquez.
(G. O. Nº 9227, del 24 de Mayo de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1008
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo los señores Guillermo Abel Henríquez, Graciela Gloria de los Dolores Henríquez y Martha Isabel Henríquez Dumois, nacidos en Santiago de Cuba, República de Cuba, en fechas 29 de octubre de 1938, 23 de marzo de 1940 y 29 de julio de 1943, respectivamente, hijos legítimos de los señores Federico Guillermo Henríquez Rosell, de nacionalidad dominicana y Luz Dumois Bayliss de Henríquez, de nacionalidad cubana, por medio de la cual declaran su deseo de optar definitivamente por la nacionalidad dominicana;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el párrafo 11, inciso 3, de la Constitución de la República;
VISTO el párrafo I del artículo 26 de la Ley Nº 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley Nº 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se declara que los señores Guillermo Abel Henríquez, Graciela Gloria de los Dolores Henríquez y Martha Isabel Henríquez Dumois, han optado definitivamente por la nacionalidad dominicana, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11, inciso 3, de la Constitución de la República;
Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de mayo del mil novecientos setenta y uno, años 128° de la Independencia y 108° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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