Texto de la norma
Decreto Nº 669, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Cristóbal a vender varios solares de su propiedad. (G. O. Nº 9371, del 7 de Junio de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 669
VISTAS las Actas Nos. 40-73 y 9-74, expedidas por el Ayuntamiento del Municipio de San Cristóbal, en relación con lo
resuelto por dicho organismo en las sesiones ordinarias celebradas en fecha 22 de noviembre de 1973 y 19 de marzo de 1974;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956, y de la Ley Nº 5577, de fecha 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 39 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Cristóbal a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
a) Solar ubicado en la calle Santomé de dicho Municipio, sin designación municipal, con área de 166.75 metros cuadrados, por el precio de RD$833.75, en favor del señor Manuel Cuevas Peguero. Dicho señor ocupa en arrendamiento el citado solar en el cual ha construído una casa para vivienda familiar.
b) Porción de terreno Nº 8, de la Manzana Nº 92, del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio, con área de 72.00 metros cuadrados, por el precio de RD$432.00, en favor de la señora Gladys Uribe de Frías. Dicha señora ocupa en arrendamiento el citado solar en el cual se propone construir una casa para vivienda familiar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cinco, años 132º de la Independencia y 112º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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