Texto de la norma
Decreto Nº 641, que otorga exequátur de Ing Civil a varios graduados universitarios.
(G. O. Nº 9369, del 9 de Mayo de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 641
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales Nº 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley Nº 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley Nº 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la Pasantía Profesional de los Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se otorga exequátur a los señores Francisco Rafael Jorge Tello, José Andrés Cortina Hernández, José Israel Cuello Hernández, Newton Segundo Santos Reyes,
José Enrique Bodden Paulino, Arístides Alfredo Ravelo Alvarez, Bernardo Pérez Castillo, Eduardo Alfredo Pou Howley, Roberto Giovanni Dietsch Mieses, Ramón Nicolás Majluta Rosedán, Nelson David Vargas Fuertes, Héctor Bienvenido Martínez Martínez, René Magdaleno Jorge, Nelson Luna Henríquez, Emilio Alfredo Pimentel Hued, Rafael Antonio Lara Suero, Pedro Altagracia Peña Peña, Francisco Leoncio Marcelino Quiñones Herández, Julio Jacobo Fernández Valerio, Buenaventura Fernández Caminero, Rafael David Pérez Sánchez y José Manuel Eugenio Mota Arbona, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Ingeniero Civil, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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