Texto de la norma
Decreto No. 627, que autoriza a la Sra. Bartolina Santana a hacer cambios en su nombre.
(G. O. No. 9569, del 9 de Mayo de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 627
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formula-
da por la señora Bartolina Santana, dominicana, mayor de edad, soltera, de quehaceres del hogar, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en la casa N° 230 de la calle José Martí (parte atrás), de ésta ciudad, fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Antonia Santana;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 26 de noviembre de 1974, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por la señora Bartolina Santana, para que pueda cambiar su nombre por el de Antonia Santana;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señora Bartolina Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Antonia Santana.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.