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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 618

CONCEDE PENSIONES A VARIOS SERVIDORES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 dic de 1982fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9603Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 618 VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación a las personas siguientes: 1) Ernesto Curiel hijo, con una pensión de cuatrocientos cincuenta pesos (RD$450.00) mensuales; 2) Carmen Blanc, con una pensión de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 3) Miguel Antonio Medrano Aybar, doscientos cuatro pesos (RD$204.00) mensuales; 4) Rafael Suazo, con una pensión de ciento noventiocho pesos con cuarentiocho centavos (RD$198.48) mensuales; 5) Luis María Bonnet Marti, con una pensión de quinientos seis pesos con sesentiseis centavos (RD$506.66) mensuales; 6) Juan Rivas Cruz, con una pensión de doscientos cuarenta pesos (RD$240.00) mensuales; 7) María Troadia Segura de Sánchez, con una pensión de doscientos noventa pesos (RD$290.00) mensuales; 8) Eleodoro Sánchez Ciprian, con una pensión de ciento setentinuve pesos con sesenticuatro centavos (RD$179.64) mensuales; y 9) Jesús María Santos, con una pensión de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales. Art. 2.- Queda derogado el Decreto No. 1202, de fecha 25 de septiembre de 1979. Art. 3.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona