Texto de la norma
Dec. No. 613, que modifica el Decreto No. 3248 del 11 de mayo de 1982. G. O. No. 9603, del 31 de diciembre de 1982
SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 613
VISTA la Ley No. 275, de fecha 8 de mayo de 1981, que autoriza al Poder Ejecutivo a conceder pensiones del Estado a toda persona que haya sido exaltada al Salón de la Fama del Deporte Nacional;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se modifica el artículo 1ro. del Decreto No. 3248, de fecha 11 de mayo de 1982, para que diga de la siguiente manera:
"Artículo 1ro.— Se concede sendas pensiones de trescientos pesos (RD$300.00) mensuales, a los señores Darío Echavarría, Teodoro Berg Alvarez, Luis Castro (Niño El Zurdo), Vinicio Santana (Guini), Bienvenido Socías, Alberto Espinola (Bertico), Hostos Fiallo, Luis Arturo Alfau Perez y Máximo Bernard Vásquez".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dec. No. 614, autoriza a varias personas a hacer cambios en sus nombres.
G. O. No. 9603, del 31 de diciembre de 1982
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.