Texto de la norma
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 604
VISTAS las solicitudes que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policia han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto, para que les sea concedida la naturalización dominicana;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:
a) A los esposos Ching-Lung Liao y Suo-Ling Wei de Liao, ambos de nacionalidad china;
b) A los esposos Durn-Ren Shiue y Su-Chen Huang de Shiue, ambos de nacionalidad china, y a su hijo menor de edad Chi-Shiun Shiue Huang;
c) A los esposos Wen-Liang Hwang y Kun-Niang Chang de Hwang, ambos de nacionalidad china, y a su hijo menor de edad Yuh-Chin Hwang Chang;
d) A los esposos Fu Ming New y Ya-Chen Wu de New, ambos de nacionalidad china, y a su hijo menor de edad Yin-Hung New Wu.
Art. 2.- Los beneficiarios recibirán las cartas de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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