Texto de la norma
Dec. No. 596, que constituye una Comisión Técnica Interinstitucional encargada de establecer y ejecutar un programa para la recuperación de los terrenos pertenecientes al Proyecto YSU RA.
G. O. No. 9603, del 31 de diciembre de 1982
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 596
CONSIDERANDO que los terrenos del Proyecto YSURA, localizados en el Valle de Azua han presentado una ascensión de
la Napa Freática que ha inundado gran área del Proyecto, debido a una sobrada recarga del acuífero (depósito de aguas subterráneas) sobre el cual se encuentra el Proyecto;
CONSIDERANDO que esta anomalía obedeció a la falta de coordinación entre las instituciones de gobiernos anteriores, relacionadas con el Proyecto YSURA, las cuales no tomaron las medidas necesarias;
CONSIDERANDO que procede en consecuencia, constituir una Comisión Técnica Interinstitucional, capaz de tomar decisiones y dirigir las acciones tendentes a la rehabilitación de los mencionados terrenos que hagan posible su explotación en beneficio de nuestra clase campesina;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se constituye una Comisión Técnica Interinstitucional, que tendrá a su cargo establecer y ejecutar un programa de acción inmediata para la recuperación de los terrenos pertenecientes al Proyecto YSURA, en el Valle de Azua.
Art. 2.- Esta Comisión estará integrada por el Ing. José Rafael Núñez García, quien la presidirá; la Ing. Agrón. Cecilia Díaz, Directora del Centro de Investigaciones Aplicadas a Zonas Aridas (CIAZA), en representación de la Secretaría de Estado de Agricultura (SEA), el Ing. Agrón. José Fabelo, Asistente del Director del Instituto Agrario Dominicano (IAD), en representación de dicho Instituto y por el Ing. Freddy Recio, Ingeniero Residente del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) en el Proyecto YSURA, representando al mencionado Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos.
Art. 3.- La mencionada Comisión deberá mantener informado al Poder Ejecutivo de todas las actividades a efectuar así como de los resultados alcanzados, a traves de la Oficina de la Consultoría de Planificación del Poder Ejecutivo.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dec. No. 597, dispone que los Juegos Deportivos Nacionales se celebrarán a partir del año 1983, durante la semana comprendida desde el primer domingo de diciembre hasta el domingo siguiente de ese mismo mes y año.
G. O. No. 9603, del 31 de diciembre de 1982
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.