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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 590

CONCEDE NATURALIZACION DOMINICANA A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 dic de 1982fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 9603Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 590 VISTAS las solicitudes que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto, para que les sea concedida la naturalización dominicana; VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas: 1) Al señor Yuk-Shun Wong, de nacionalidad china; 2) A la señora Shun-Wen Wu Vda. Yen, de nacionalidad china, y a su hijo menor de edad Kai-Tai Yen Wu; 3) Al señor Chun-Hsien Tsai, de nacionalidad china, y a sus hijos menores de edad Meng-Hsiang Tsai Yeh, Meng-Hsien Tsai Yeh y Song-I Tsai Yeh; 4) A los esposos Yiu-Kee Tang y Hsiang-Kee Chang de Tang, ambos de nacionalidad china, y a su hijo menor de edad Chiang-Hwa Tang Chang; 5) A los esposos Horng-Chi Chang y Kuei-Mei Chen de Chang, ambos de nacionalidad china, y a sus hijos menores de edad, Wen-Wen Chang Chen, Chien-Chien Chang Chen, She-Feng Chang Chen y Ming-Feng Chang Chen. Art. 2.- Los beneficiarios recibirán las cartas de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial. Art. 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona