Texto de la norma
Dec. No. 572, que otorga exequátur a varios profesionales.
G. O. No. 9602, del 16 de diciembre de 1982
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 572
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 16 de junio de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las Leyes y Reglamentos vigentes.
ABOGADO:
Sahlyly María Wehbe García y Milagros Altagracia Mariano Matos.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE MONTE CRISTI:
Rafael Enrique Soctas Grullón.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Wilson Temistocle Rancier Levi, Flor María Abreu Luna, José Antonio Ceballos Garrido, Tomás Hernández Pimentel, Nicolasa Roa Ogando, Héctor Bienvenido Uribe Soriano y Eugenia Paredes de Jesús.
MEDICO:
Wenceslao Ramírez Ferreiras.
Art. 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y a la Secretaría de Estado de Finanzas.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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