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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 550

QUE CONCEDE PENSIONES A CENTENARIOS Y NONAGENARIOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 dic de 1982fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9602Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 550, que concede pensiones a Centenarios y Nonagenarios. G. O. No. 9602, del 16 de diciembre de 1982 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 550 VISTA la Ley No. 4219, sobre Pensiones del Estado a Nonagenarios y Centenarios, de fecha 22 de julio de 1955; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede una pensión de cien pesos (RD$100.00) mensuales, a la señora Epifania de Mesa. Art. 2.- Se concede sendas pensiones de cincuenta pesos (RD$50.00) mensuales, cada una, a las personas siguientes: María Rafaela Vásquez, Enrique Zapata, María Urcina Portes Minaya, Isabel Reyna Abreu Rodríguez, Concepción Mejía Sosa, Andrés Te- jeda Castillo, Carmen Camacho Vda. B., Felicia del Rosario, Juana Castillo de Martínez, Teófilo Núñez, María Mercedes Peña, Julia Silva Silva, Desiderio de Jesús Muñoz, Alicia Montero Ercilia de Jesús Lora, Francisco Beato Herrera, María Montero Vda. Prandy, Serafina Vásquez, Pablo Peralta, Benjamín Encarnación Ramírez, María Núñez Beato, María Leonardo, Obdulio Peña Liriano, Jovita de los Santos, Eutaquia Paulino, Mercedes Núñez Capellán, Ramón Olivo, Jaime William, Ana Cruz, Aquilina Sánchez, Idalia de Jesús, María Reyes Terrero, Ricardo de la Cruz, María Frías, Máxima Paulino, Ernestina Mejía Gabriel, Rosa Figuereo, Fabián Tejada, Leonela Guevara Feliz, Candelario Alcalá, Lucía Alcántara, Lucinda de la Rosa Tapia, Angelmida Cuevas, Bernardino Suriel, Rosa María Martínez, Isabel Peña, Francisco Emilio Moran, Amalia Alcántara, Marcela Germán Fructuoso, Sención Mendez Mateo, Roselia Rodríguez (Chela), Víctor Evangelista Reynoso, Baldemira Bretón Martínez, Juana Gómez, Aurea Fernández, Flérida Gómez Polanco, Adriano Céspedes, Benardina Arias, Cecilia Almonte, Rafaela Martínez Vda. Liriano, Marcelino Molina, Domingo Martínez, María E. Mora, Placido Brito, Gabina Reyes, Esperanza Peña Sarmiento, Demetria Vargas, Ramón Díaz, Gladys Balcázer, Felicia Corona Rodríguez, José Ungria Acosta, Ludovina Dolores Gil, Valentina Marte, Mercedes Jiménez, Concepción Osorio, Juan Nery, María Perdomo de Garrion, Juana Manzueta, Albertina Rosa, Cayetana Francisca, Demetrio Batista, Félix María del Rosario, José Contreras, Ana Felicia Castellanos, Miguel Andrés Durán, Justiniano Ureña, Delfina Santos, María Gumersinda Rodríguez, Natividad de Jesús Herrera, Alicia Fajardo, José Mercedes, Pedro Tomás Lora, Vicente Fabián, Mercedes Escarfuyer, Mariana Castillo, Eutaquio Santana, Mensa del Rosario, Teolinda López Paulino, Teresa Soriano, Iduvina de la Cruz, José Reyes Santos, Primitivo Maldonado, Francisca Encarnación Ortega, Antonia Ramírez, Altagracia Félix, Placido Beato, Juana Evangelista Peña, María Muñoz Vda. de la Rosa, Ercilia Sanchez, Ana Francisca Montás, Julieta Contreras, Estevanía Ramírez, Ramona Salazar, Angel María Almánzar Hernández, Tobias Barriento Mejía, Herminia de los Santos, Natalia Pucho Vda. Portorreal, Orfelina Mateo, Ramona Guerrero, María Fda. Vda. Dalmasí, Miguel Robiox, Jose María Pérez, Carmela Lara, Agripina Balcácer y María Perdomo Vda. Carrion. Art. 3.— Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo que tiene reservado para las pensiones de Nonagenarios y Centenarios, la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los seis (6) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona