Texto de la norma
Dec. No. 503, que otorga exequátur a varios profesionales.
G. O. No. 9601, del 1ro. de diciembre de 1982
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 503
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964;
VISTA la Ley No. 4551, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley No. 4249, de fecha 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía Profesional de los Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Fausto Miguel Pérez Melo.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE EL SEIBO:
Julio de Beras de la Cruz.
INGENIERO CIVIL:
Alcibíades del Jesús Pérez Mendez.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Francisca del Rosario Sánchez Pérez y José Alberto Romero Núñez.
Art. 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores y la Secretaría de Estado de Finanzas.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO.
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