Texto de la norma
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 491
VISTA la Ley sobre Ekequdtur de Profesionales, No. 111, de
fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organizacibn Judicial No. 821, de fecha
16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantia de Medicos recien gra-
duagos, de fecha 11 1 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
t
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que
modifica el parrafo del articulo 6 de la Ley No. 4249 de fecha
13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la Pasantia Profe-
sional de 10s Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Publicos Autoriza-
dos, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucibn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O
Art. 1.- Se otorga exequatur a las personas sefialadas a conti-
nuacih, para que puedan ejercer en todo el territorio de la Re-
publica, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes
y reglamentos vigentes.
ABOGADO:
Marcel Maurice More!, Grdllsn y Luis Marcel0 Mendez Inoa.
ARQUITECTO:
Pedro Federico Mainardi Alvarez.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Tom& de la Cruz Almonte y Gerard0 Salom6n Moris.
Art. 2.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica,
al Colegio Dominican0 de Ingenieros, Arquitecfos y Agrimen-
sores, a la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia
Social y a la Secretaria de Estado de Finanzas.
t
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.