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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 388

QUE APRUEBA LAS TARIFAS Y CARGOS A COBRAR POR LOS SERVICIOS Y FACILIDADES QUE OFRECE A SUS USUARIOS LA CORPORACION DEL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTO DOMINGO (CAASD)

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 oct de 1982fecha
Otrostipo
G. O. 9599Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 388, que aprueba las Tarifas y cargos a cobrar por los servicios y facilidades que ofrece a sus usuarios la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD). G. O. No. 9599, del 1ro. de noviembre de 1982 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 388 VISTOS los artículos Nos. 20 de la Ley No. 498, del 13 de abril de 1973, y 44 del Reglamento No. 3402, del 25 de abril de 1973; VISTA la Tercera Resolución de la Sesión No. 4-82, de fecha 16 de septiembre de 1982, del Consejo de Directores de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD); En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se aprueban las tarifas y cargos a cobrar por los servicios y facilidades que ofrece a sus usuarios la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD), aprobadas por el Consejo de Directores de esa Institución, mediante su Tercera Resolución de la Sesión No. 4-82, de fecha 16 de septiembre de 1982. Art. 2.- Las tarifas y cargos aprobados son los siguientes: PARA SERVICIO MEDIDO CONSUMO (m³/mes) — CARGO MENSUAL (RD$) a) De 0 a 21 — 4.50 b) De 21 a 30 — 4.50 más 0.25 por m³ en exceso de 21. c) Más de 30 — 6.75 más 0.30 por cada m³ en exceso de 30. PARA SERVICIO NO MEDIDO SERVICIO INDIVIDUAL Aparatos sanitarios instalados — Residencial — Comercial e Industrial a) Un lavadero, un fregadero, un inodoro y un baño. — RD$4.75 — RD$7.50 b) Por cada inodoro adicional — 0.75 — 1.50 c) Por cada lavadero y fregadero adicional — 0.75 — 1.50 d) Por cada baño, ducha o llave adicional — 0.50 — 1.00 e) Por cada llave adicional — 0.75 — 1.50 TARIFA SOCIAL — CARGO MENSUAL a) Con una llave — RD$2.00 b) Con más de una llave — 3.00 USO AGUA SUBTERRANEA (POZOS) CONSUMO — CARGO MENSUAL Por cada m³/mes extraído — RD$0.20 DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona