Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Decreto N° 1893, que aprueba la Resolución N° 144-71-MC, del Directorio de Desarrollo Industrial.
(G. O. N° 9253, del 7 de Febrero de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1893
CONSIDERANDO que la empresa LABORATORIOS FRANCIA, C. POR A., fue clasificada en la Categoría "C" mediante Resolución N° 72-69, del Directorio de Desarrollo Industrial, del 6 de junio de 1969, aprobada por el Decreto N° 4092, del 2 de septiembre del mismo año y modificada por la Resolución N° 53-70, de dicho Directorio, de fecha 22 de mayo de 1970, aprobada a su vez por el Decreto N° 5259, del 23 de julio de dicho año;
CONSIDERANDO que la referida empresa ha solicitado que se le incluya en la exoneración de que disfruta 300 kilos de "balines de acero", material que se agrega al esmalte de uñas para evitar la sedimentación, indicando que todas las industrias de cosméticos tienen este material entre sus productos exonerados;
CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Industrial juzgo procedente dicha petición al comprobar que ciertamente muchas de las industrias del ramo clasificadas disfrutan de exoneración para el señalado producto, con el nombre de bolitas metálicas;
VISTOS los artículos 23 y 38 de la Ley Nº 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se aprueba la Resolución Nº 144-71-MC, dictada por el Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 27 de agosto de 1971, que copiada textualmente dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.