Texto de la norma
Decreto Nº 1879, que autoriza al Sr. Antonio E. Pepén S. a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9251, del 7 de Febrero de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1879
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor Antonio Efrain Pepén Soto, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Efraín Antonio Pepén Soto;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 21 de diciembre de 1971, que no se ha registrado ninguna oposición formal a la solicitud formulada por el
señor Antonio Efraín Pepén Soto, para que pueda cambiar su nombre por el de Efrain Antonio Pepén Soto;
ViSTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Antonio Efraín Pepén Soto, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Efraín Antonio Pepén Soto.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 109º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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