Decreto No 1878, que concede incorporaci6n a la Asociacibn Nacional
I
de Transportes y Servicios.
(G. 0.
NO 9253, del 7 de Febrero de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Repdblica Dominicana
-I__
NURlERO $878
VISTA la Ley No 520, sobre Asociaciones que no tengan
por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55 de la Constitucibn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. I.-,%
concede el beneficio de la incorporaci6n a la
Asociaci6n Nacional de Transportes y Servicios, con domicilio
en [domicilio omitido]. Dichn incor-
pcracihn sera efectiva tan pronto como la indicada Asociaci6n
b
,
efectúe el depósito y la publicación a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley Nº 520.
Art. 2.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 109º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona