Texto de la norma
Decreto Nº 1821, que autoriza al Ayto. del Distrito Nacional a permutar varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9251, del 12 de Enero de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1821
VISTA la certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Distrito Nacional, en relación con lo resuelto por
dicho Ayuntamiento en la sesión ordinaria celebrada en fecha 1ro. de septiembre de 1971;
VISTO el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a permutar los solares de su propiedad Nos. 1 y 2, de la Manzana Nº 1549, del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito Nacional, con áreas de 1,055.03 y 1,000.37 metros cuadrados, respectivamente, evaluados en conjunto por la suma de RD$10,277.00, por el solar propiedad del señor Alberto Martinez Amor, marcado con el Nº 6-A, de la Manzana Nº 271-A, del referido Distrito Catastral, cuya extensión superficial es de 382.35 metros cuadrados, valorado en RD$10,419.03, ubicado en la esquina formada por las calles Julio Verne y Berto Arvelo, que fue afectado en el proyecto de ampliación del callejón "Berto Arvelo", de esta localidad.
DADO en Santo Domingo de Guzmán Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de diciembre del mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 109º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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