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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1807

QUE CREA E INTEGRA EL COMITE ORGANIZADOR DEL PROGRAMA NAVIDADES DOMINICANA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 dic de 1971fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9251Gaceta Oficial del 1 ene de 1971
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1807, que crea e integra el Comité Organizador del Programa Navidades Dominicana. (G. O. Nº 9251, del 12 de Enero de 1972) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1807 CONSIDERANDO que durante los últimos dos años, el Comité Organizador del programa Navidades Dominicanas, formado por el sector privado, inspirado en diáfanos sentimientos de amor y espíritu cristiano, ha luchado en estrecha colaboración con la Dirección Nacional de Turismo, por sentar las bases para la celebración de un período navideño feliz para la familia dominicana; CONSIDERANDO que para impartir el mayor lucimiento a los propósitos de dicho Comité es necesario aunar el esfuerzo oficial al privado; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se crea el Comité Organizador del Programa Na- vidades Dominicanas, el cual estará integrado de la siguiente manera: Presidente de Honor, Doña Flérida de Nolasco; Presidente Ejecutivo, Lic. Aquiles O. Frías; Coordinación, María Cristina de Farías Monge; Secretarios: Actas y Correspondencia, Dra. Gladys Lama de Valentino; Adjunta; Luisa Torres de Vega; Finanzas, Dr. Friolán Tavarez; Asuntos Sociales, Liliana de Bobea; Festivales y Alegrías Navideñas, Sagrario Reyes, Señorita República Dominicana 1971; Adjuntas: Rosanna Andújar. Miss Caribe 1971; Haideé Kuret, Miss Azúcar 1971; Dulce María Villeta, Miss Café 1971; Vivian Guerra, Miss Merengue 1971; Relaciones Públicas y Publicidad: Pedro Ventura Santana; Asuntos Folklóricos, Ana Grullón de Pellerano; Música Tradicional Navideña, Julio Alberto Hernández; Asuntos Culturales: Doña Ninón de Brower; Concursos: Pedro René Contín Aybar; Protocolo y Recepción: Dr. Ezio Valentino; Asuntos Tradicionales: Ramón Prieto; Acomodación Hotelera: J. M. Lovatón (Presidente de la Asociación y Hoteles, Restaurantes y afines), Tours y Excursiones Internas: César Rijo (Presidente Asociación Dominicana de Agencias de Viajes (ADAVI); Transportación Aérea, Rafael Espada (Presidente de la Asociación de Líneas Aéreas); Transportación Terrestre, Isidro Santana (Presidente de la Compañía Nacional de Autobuses); Ornato Navideño, Dr. Rafael Martínez (Director de Turismo del Ayuntamiento); Relaciones Interiores, Elba Franco; Asuntos Juveniles, Simón Romero L.; Relaciones Exteriores, Dr. Frank Bobadilla R.; Asesores: Angel Miolán, Secretario de Estado sin Cartera, Director Nacional de Turismo; Dr. Jaime Manuel Fernández, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores; Dr. José Enrique Ortiz de Windt, Secretario General de la Liga Municipal Dominicana. Art. 2.—Dicho Comité tendrá la responsabilidad de dirigir cada año las actividades que conllevan crear un clima de paz, amor y fraternidad cristiana durante el período navideño. Párrafo.—A fin de poder realizar su trabajo por zonas y regiones, el Comité tiene la facultad de designar subcomités, a los cuales fijará sus atribuciones y funciones. Art. 3.—El Comité Organizador del Programa Navidades Dominicanas, trabajará en estrecha colaboración y con la asesoría de la Dirección Nacional de Turismo. Art. 4.—Para los fines del presente Decreto, el período navideño estará comprendido entre la primera semana de noviembre de cada año y la segunda semana de enero del año siguiente. Art. 5.—Envíese a la Dirección Nacional de Turismo para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de diciembre del mil novecientos setenta y uno, años 128° de la Independencia y 109° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona