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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 249

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS PROFESIONALES UNIVERSITARIOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 sept de 1982fecha
Exequáturtipo
G. O. 9596Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 249, que otorga exequátur a varios profesionales universitarios. G. O. No. 9596, del 16 de septiembre de 1982 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 249 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros, arquitectos y agrimensores; VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones; VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes. MEDICO VETERINARIO: José Raúl Meyreles De Lemos, José Ramón Hernández Mella, Teófilo Arístides Inoa Peña, Fernando Arturo Fulcar Quevedo y Pablo Bertinio Mejía Ortiz. ESTOMATOLOGO: Andrés Manuel Barbour Ureña, Teresa Anne Gioia Bannon y Xénia Del Pilar Medina Durán. CIRUJANO BUCO-MAXILO FACIAL: Félix Hipólito Feliciano Castillo. CIRUJANO DENTAL: Araceli Valencia Arteaga, Clidia Mercedes Sosa Sosa, Norma Elizabeth De León Echavarría, Eliana Margarita De Los Angeles Muñoz Morel, Xiomara Adalgisa Nazer Rodríguez, Angel Samuel Rodríguez Melo y Rafael David Vidal González. ODONTOLOGO: Domingo Ernesto Villavizar Rojas, Sonia Arelis Santos Cárdenas, Eusebio Antonio Lugo Candelario, Orlando Antonio Low Santana, Daniel Francis Coyle JR., Jaime Navarro Laguardia, Jorge Adalberto Pérez, Ernesto Jesús Pérez Iglesias, Alejo Arquímedes Martínez Ríos, Margarita Antonia Del Corazón De María Contreras Del Rosario, Yvelise Altagracia Mejía Rodríguez, Dionnes Altagracia Guzmán Reynoso, Alcedo Emilio Cruz Grullón y Nora Fidelicia Lazo Castillo. QUIMICO: Lydia Del Carmen Mercedes Camilo Redondo y Juana Cristina Sánchez Reinoso. PSICOLOGO CLINICO: Rebeca Evangelina Acosta González. PSICOLOGO: Lourdes Del Carmen Torres Castillo. BIOANALISTA: María Adelina Margarita Horton Rodríguez y Clara Gisela Valenzuela Mateo. FARMACEUTICO: Annette Altagracia Margarini Belén, Adalgisa De Jesús Gómez y Victor Manuel Martínez Santana. INGENIERO INDUSTRIAL: Enrique González Noyola y Juan Bautista Salazar Lara. CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO: Clemente Luciano Mejía, Rafael Castro De León, Luis Ernesto Encarnación, Rafaela Castro Villamán, Marino Antonio Reyes Abreu, José Altagracia Rojas Núñez, Leocadia Inmaculada Pérez Polanco, Martí Milagros González Jiménez, Petra Rumeres Vólquez Reyes, José Nazario Rosario, Ramón Demetrio Lozada Peña, Joaquín Lee Brito y Yolanda Sochiko Kimura Kimura. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORIS: Rubén Javier García Bonilla. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO: Cleotildo Olivo Polanco Disla. NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL: Manuel Augusto Antún Batlle, José Aquiles Nina Encarnación, Matilde Emilia Cruz Pimentel y Mildred Virginia Margarita Ramona Pérez de Vanderhorst. PARRAFO: Los Notarios Públicos ejercerán las funciones propias de su profesión, únicamente dentro de la jurisdicción correspondiente al lugar específico en que se les ha expedido el nombramiento. Art. 2.— Envíese a las Secretarías de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y de Finanzas, al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, y a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona