Texto de la norma
Dec. No. 140, que dispone que el Director Ejecutivo de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales, deberá preparar en los próximos 30 días un plan de objetivos económicos trimestrales, para cada empresa controlada por esa Corporación.
G. O. No. 9595, del 31 de agosto de 1982
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 140
CONSIDERANDO que de las treinta y cinco empresas estatales que originalmente conformaron el patrimonio de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), diez ya han desaparecido, cuatro se encuentran fuera de mercado y catorce se pueden definir como técnicamente quebradas, quedando sólo siete de ellas rentables;
CONSIDERANDO que se estima que esas empresas, bajo patrimonio de CORDE, tendrán durante el año 1982 pérdidas ascendentes a RD$21 millones;
CONSIDERANDO que es de urgencia disminuir las pérdidas de esa parte importante del patrimonio económico de la Nación;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.— El Director Ejecutivo de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), deberá preparar en los próximos 30 días, un plan de objetivos económicos trimestrales, para cada empresa controlada por esa Corporación, comenzando con el trimestre que inicia el 1ro. de octubre próximo. Esos objetivos incluirán metas trimestrales relativas a niveles de reducción de pérdidas o niveles de ganancias, así como metas relativas a niveles de producción, rendimiento y valor máximo total de la nómina de trabajo.
ARTICULO 2.— Dentro de los 30 días subsiguientes al fin de cada trimestre, el Director Ejecutivo de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), preparará un informe comparando los resultados reales con los objetivos antes trazados. Dicho informe será discutido en la próxima reunión del Consejo de Gobierno y luego dado a la publicidad, con el propósito de que la ciudadanía esté enterada hasta donde los administradores de empresas estatales, han cumplido o no, con los objetivos programados.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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