Texto de la norma
Decreto Nº 1355, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a donar varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9241, del 23 de Septiembre de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1355
VISTA la Resolución Nº 1555-Bis-71, de fecha 21 de julio de 1971, dictada por el Ayuntamiento del Municipio de Santiago;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a donar en favor del Estado Dominicano los inmuebles que se describen a continuación, los cuales serán destinados a la construcción del Aeropuerto de la ciudad de Santiago de los Caballeros:
1) Una porción de terreno con una extensión superficial de 45 hectáreas, 57 áreas, 00 centiáreas, igual a 724.65 tareas, dentro de la parcela número 207-B-6-A, del Distrito Catastral número 3, del Municipio de Santiago, con las siguientes colin-
dancias: Al Norte, parcela número 207-B-6-B; al Este, resto de la parcela 207-B-6-A; al Sur, parcela número 207-B-7-C; y al Oeste, resto de la misma parcela número 207-B-6-A, amparada por el Certificado de Título número 25;
b) Una porción de terreno con una extensión superficial de 155 hectáreas, 82 áreas, 00 centiáreas, igual a 2,477.85 tareas, dentro de la parcela número 207-B-7-C, del mismo Distrito Catastral, con las siguientes colindancias: Al Norte, parcela número 207-B-6-A; Al Este, resto de la misma parcela número 207-B-7-C; Al Sur, parte de la parcela número 126, y parcelas números 207-B-8 y 361, y Carretera Santiago-San José de las Matas; y al Oeste, resto de la misma parcela número 207-B-7-C, amparada por el Certificado de Título número 74;
c) Una porción de terreno con una extensión superficial de 46 hectáreas, 46 áreas, 40 centiáreas, igual a 738.87 tareas, dentro de la parcela número 207-B-8, del mismo Distrito Catastral, con las siguientes colindancias; Al Norte, parcela número 207-B-7-C; al Este, parcela número 207-B-7-C, parcela número 126 y resto de la misma parcela número 207-B-8; al Sur, parcela número 209, Carretera San José de las Matas y parcelas números 358, 359 y 362; y al Oeste, parcelas números 361 y 207-B-7-C, amparada por el Certificado de Título número 39;
d) Una porción de terreno con una extensión superficial de 7 hectáreas, 26 áreas, 00 centiáreas, igual a 115.45 tareas, dentro de la parcela número 126, del mismo Distrito Catastral con las siguientes colindancias: Al Norte, parcela número 207-B-8; Al Este, resto de la misma parcela número 126; al Sur, parcela número 207-B-8; y al Oeste, parcela número 207-B-8, amparada por el Certificado de Título número 17;
e) Una porción de terreno con una extensión superficial de 4 hectáreas, 84 áreas, 21 centiáreas, 98 decimetros cuadrados, dentro de la parcela número 361, del mismo Distrito Catastral, con las siguientes colindancias: Al Norte, parcela número 207-B, del D. C. N° 3 del Municipio de Santiago, Ant. D. C. N° 120/1a., Compañía Agrícola Dominicana; al Este, D. C. Núm.
3 del Municipio de Santiago, Ant. D. C. Nº 120/1a., parcela número 207-B, Compañía Agrícola Dominicana y parcela número 362; al Sur, Carretera San José de las Matas; y al Oeste, D. C. Núm. 3 del Municipio de Santiago, Ant. Nº 120/1a., parcela número 207-B, Compañía Agrícola Dominicana, amparada por el Certificado de Título número 46; y
f) Parcela número 362, del mismo Distrito Catastral, con una extensión superficial de 2 hectáreas, 81 áreas, 97 centiáreas, con las siguientes colindancias; Al Norte, parcelas números 207 y 359; al Este, parcelas números 359, 347 y 339; al Sur, parcelas números 347, 361 y 339, Carretera a San José de las Matas; y al Oeste, parcelas números 207 y 361, amparadas por el Certificado de Título número 181.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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