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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5844

QUE OTORGA COMO HOMENAJE POSTUMO LA MEDALLA DE "MAIMON", A VARIOS OFICIALES DEL EJERCITO NACIONAL Y DE LA AVIACION MILITAR DOMINICANA, FALLECIDOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 jun de 1960fecha
Condecoracióntipo
G. O. 8488Gaceta Oficial del 1 ene de 1960
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 5844, que otorga como homenaje póstumo la medalla de "Maimón", a varios Oficiales del Ejército Nacional y de la Aviación Militar Dominicana, fallecidos. G. O. N° 8488, del 6 de Julio de 1960. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5844 CONSIDERANDO: Que por justiciera recomendación del Insigne Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo, Molina, Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, se instituyeron las medallas de "Luperón", "Constanza", "Maimón" y "Estero Hondo", con el objeto de premiar a los militares y civiles que en una forma u otra se distinguieron repeliendo la agresión comunista mediante la cual se trató de profanar el suelo de la Patria; CONSIDERANDO: Que esas condecoraciones deben también otorgarse póstumamente a aquellos valientes soldados que heroicamente perecieron en el cumplimiento de su deber y frente al enemigo en las operaciones de Constanza, Maimón y Estero Hondo, e igualmente a quienes fallecieron posteriormente, luego de haberse distinguido por su lealtad y valor en las operaciones de destrucción y captura de los sediciosos que intentaron turbar la paz de la República; VISTA la Ley N° 5176 del 21 de julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Otorgar, como por el presente otorgo, como homenaje póstumo, la medalla de Maimón, en la categoría que les corresponda de acuerdo con su grado, a los siguientes Oficiales y Alistados del Ejército Nacional fallecidos: 2do. Tte. — Miguel Angel Rodríguez Aybar Sargento — Benjamín Chephard Miller Raso — Juan R. Ascencio de la Cruz Raso — Hipólito Inoa Coris Raso — Eladio Pérez Heredia Raso — Rafael Herrera y Herrera Raso — Julián Antonio Caba García Art. 2.—Otorgar, como por el presente otorgo, como homenaje póstumo, la medalla de "Maimón", en la categoría que les corresponda de acuerdo con su grado, a los siguientes Oficiales y Alistados de la Aviación Militar Dominicana fallecidos: Capitán Piloto — Juan José Vicioso Contin Capitán Piloto — Julio Alberto Polanco Gutiérrez Insigne Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalisimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, se instituyeron las medallas de "Luperón", "Constanza", "Maimón", y "Estero Hondo", con el objeto de premiar a los militares y civiles que en una forma u otra se distinguieron repeliendo la agresión comunista mediante la cual se trato de profanar el suelo de la Patria; VISTA la Ley N° 5176 del 24 de julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1°—Otorgar, como por el presente otorgo, la Medalla de "Constanza", en la categoria que les corresponda de acuerdo con su grado, a los siguientes Oficiales y Alistados de la Legión Extranjera Anticomunista: Teniente Coronel — Vladimiro Secen Mayor — Mile Ravlic Segundo Teniente — Stojkovic Dragoalav Sargento Mayor — Alvaro Morales Pacheco Sargento — Emilio Bao Muerza Sargento — Arndt Hans Sargento — Francisco Mosa Medina Sargento — Antonio Nuiz Albizu Cabo — Ernesto Angel Alonzo Hidalgo Cabo — Manuel Ayuelo López de Gastiain Legionario — Jesús García Suazo Art. 2.—Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de junio del mil novecientos sesenta ,años 117° de la Independencia, 97° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona