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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5773

QUE AUTORIZA AL SEÑOR CRISTOBAL ALTAGRACIA CEBALLOS BLANCO, A MODIFICAR SU NOMBRE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 may de 1960fecha
Otrostipo
G. O. 8479Gaceta Oficial del 1 ene de 1960
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 5773, que autoriza al señor Cristóbal Altagracia Ceballos Blanco, a modificar su nombre. G. O. Nº 8479, del 25 de Mayo de 1960. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5773 CONSIDERANDO: Que en fecha 22 de enero de 1960, el señor Cristóbal Altagracia Ceballos Blanco, dominicano, mayor de edad, ocupado en labores docentes casado, domiciliado y residente en [domicilio omitido], fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la ley para modificar su nombre de Cristóbal Altagracia por Cristóbal; CONSIDERANDO: Que en el presente caso se han cum- plido todas las formalidades de publicidad requeridas por la Ley; CONSIDERANDO: Que en fecha 13 de abril del año en curso, 1960, el Secretario de Estado de Justicia ha comunicado al Poder Ejecutivo no haberse producido ninguna oposición al deseo del señor Cristóbal Altagracia Ceballos Blanco, en el sentido ya expresado; VISTOS los artículos 81, 82 y 83 de la Ley sobre Actos del Estado Civil N° 659, de fecha 17 de julio de 1941; y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2° de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—El señor Cristóbal Altagracia Ceballos Blanco, de las generales indicadas, queda autorizado a modificar su nombre por el de Cristóbal Ceballos Blanco. Art. 2.—El presente Decreto se publicará en un diario de circulación nacional, además de en la Gaceta Oficial. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de mayo del año mil novecientos sesenta, años 117° de la Independencia, 97° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona