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Texto
Texto de la norma
Decreto Nº 5711, que concede jubilación del Estado a la señora Carmen Echavarría Rodríguez, G. O. Nº 8473, del 30 de Abril de 1960.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5711
CONSIDERANDO: Que la señora Carmen Echavarría Rodríguez, reúne las condiciones que exige la ley sobre la materia para que pueda ser jubilada y que su solicitud ha sido preparada y tramitada de acuerdo con la misma;
VISTAS la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado Nº 5185, de fecha 31 de julio de 1959, y la Ley Orgánica de Educación Nº 2909, del 5 de junio de 1951;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Concedo el beneficio de la jubilación a la señora Carmen Echavarría Rodriguez, y le asigno una pensión del Estado de sesenta y cinco pesos oro (RD$65.00) mensuales.
Art. 2.—Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de abril del mil novecientos sesenta, años 117º de la Independencia, 97º de la Restauración y 30º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona