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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1686

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS PROFESIONALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 dic de 1983fecha
Exequáturtipo
G. O. 9628Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1686, que otorga exequátur a varios profesionales. G. O. No. 9628, del 31 de diciembre de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1686 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del Artículo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros, arquitectos y agrimensores. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: MEDICO: Pablo Adón Rojas, Miguel Alfonso García Ortiz, María Dolores Travieso Castellanos, Nelly Altagracia Jiménez, Díaz, Juan Emmanuel Alejandro Martínez Olivier, Fernando Arturo Albaine Gutiérrez, Yvonne Elsa Pérez Pérez, Rafael Eusebio Rivas Reyes, Gregorio Porfirio Rivas Martínez, Lucina Ramona Bienvenida García García, José Armando Coste Ramírez, José Luis Almonte Alberty, Andrés Nieves Paulino, Jorge Abigail González Rubio, José de los Santos Pérez Heredia, Milagros Altagracia Antia Castillo Pilier, Ramón Sosa Pérez, Míriam Esther Brewer Espinal, Gloria Damaris Isis Hortencia Iluminada González Rijo, Ronnie José Féliz Castillo, Kismet Lucía de la Asunción Adams Martín, Cirilo José Fernández Abréu, Elías Garrido González, Georgina Canela Arias, Rosa Julia de la Cruz Vargas, Jesús Najib Sahad Brito, Clemente Alfonzo Féliz Cordero, Franklin Ismael Sasso Matos, Salvador Hernández Pimentel, Juan Edilberto Montes de Oca Santana, Rafael Tobías González Pantaleón, Pedro Pérez Cos, Cristiana Altagracia Rodríguez Taveras, Rafael Eduardo Estrella Pérez, Altagracia Ycelsa Primitiva Vásquez del Valle, Teresa de Jesús Cornelio Torres, Enrique del Carmen Santos, Rita Elena Dinzey Alcántara, Norma Eulalia Williams Suárez, Altagracia Virginia Santana de Jesús, María Altagracia Arias De los Santos, Fernando Manuel Tejada García, Dalia Antonia Bienvenida Colón Cabral, Marina Mercedes Romero Tineo, Fausto Daniel Batista Cabral, Héctor Antonio Romero Bethancourt, Franklin Isaías Peña Villalona, María del Carmen Germosén, Nelson Antonio Then Certad, Miguel Angel Pérez Molina, Ramón Alberto Ortiz Jiménez, Luis Antonio Mckinney Soriano, Tomás Bello Vizcaíno, Hermógenes Núñez y Dionisia Aljelis Ortiz Parra. INGENIERO CIVIL: Gilberto Antonio Ramírez Peña, Luis Emilio Almánzar Vidal, Cedric Alejandro Féliz Castillo, Juan Osvaldo Portorreal Mora, Juan Pablo Cury Vásquez, José Erótides Aybar Otero, Raymundo Guillermo de Jesús Castro Rodríguez, Jony Rafael Hernández Rivera y Manuel Ramón Tapia López. INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA: Andrés María Guerrero Arias. ARQUITECTO: Leopoldo Miguel Aybar Luna y Denise Altagracia del Pilar Morales Billini. AGRIMENSOR: José Francisco Thomas Kingsley y Rafael Antonio de Jesús Castillo Castillo. Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y tres; año 140° de la Independencia y 121° de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona