Texto de la norma
Dec. No. 1672, que concede naturalización dominicana provisional a los menores de edad Georges, Nicolás y Patricia Shuhaibar Mattar. G. O. No. 9628, del 31 de diciembre de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1672
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo la señora Isabel María Mattar de Shuhaibar, para que le sea concedida la naturalización dominicana provisional a sus hijos menores de edad Georges, Nicolás y Patricia Shuhaibar Mattar;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana provisional en favor de los menores de edad Georges, Nicolás y Patricia Shuhaibar Mattar, nacidos en Ras-Beirut, Distrito de Beirut, Líbano, en fechas 15 de abril de 1970, 15 de agosto de 1972 y 4 de enero de 1981, respectivamente, hijos legítimos de los señores Sami
Shuhaibar e Isabel María Mattar de Shuhaibar, de nacionalidades libanesa y dominicana, respectivamente.
Artículo 2.— Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y tres; año 140° de la Independencia y 121° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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