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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1662

QUE APRUEBA VARIAS RESOLUCIONES DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 dic de 1983fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9627Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
REFRI-AUTO, C. POR A (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 1662 CONSIDERANDO: Que las empresas KOOL -TEMP DOMINI- CANA, C . POR A ; AIRES PBL DOMINICANA, C . PQR A.; REFRI-AUTO, C. POR A.;MISTOLIN DOMINICANA, C. POR A.; y CAPLE, S.A., han formulado a1 Departamento Ticnico Indus- trial de la Secretaria de Estado de Industria y Comercio, sendas solicitudes, para acogerse a 10s beneficios de la Ley No.299, sobre Incentivo y Proteccibn Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO: Que luego de realizarse 10s estudios perti- nentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desa- rrollo Industrial dict6 las correspondientes resoluciones; VISTA la Ley No.299, de fecha 23 de abril de 1968, sobre In- centivo y Proteccibn Industrial; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 5 5 de la Constitucih de la RepGblica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se aprueban las resoluciones del Directorio de 3e sarrollo Industrial que se mencionan a continuacibn: 1.- Res. No.247-82-V, de fecha 20 de julio de 1982, median- te la cud se unifica en un 50% el porcentaje de exoneracibn de las empress dedicadas a la elaboracibn de aparatos acondicionado- res de aire para vehiculos, rebajando a dicho nivel la exoneracibn de aquellas que disfruten de una proporcih mayor. Asimismo, mediante la mencionada resolucih se aprueban las solicitudes de aumento e inclusibn de materias primas de la empresa KOOL TIMP DOMINICANA, C. POR A. y la de clasificacibn REFRI- AUTO, C. POR A. y se desestima la solicitud de aumento de ma- teria prima de la empresa AIRES PBL DOMINICANA, C. POR A. 2.- Res. No.248-82-MC, de fecha 20 de julio de 1982, median- te la cual se rebaja a un 50% la exoneracibn que actualmente dis- fruta la empresa KOOL TEMP DOMINICANA, c. POR A., para la importacibn de sus materias primas, de acuerdo a la Resolucibn No. 247-82-V. Asimismo, se modifican las Resoluciones Nos. 199-79-C, 193-80-MC y 352-80-MC, de fechas 7 de agosto de 1979, 9 de julio y 9 de diciembre de 1980, respectivamente, para incluir en la clasificacih que disfruta la aludida empresa KOOL TEMP DOMINICANA, C . POR A., por el rest0 del periodo, con el 50% de exoneracibn, las materias primas y materiales que se deta- llan en el Ordinal Segundo de dicha Resoluci6n No. 248-82-MC. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos. 1330, 2016 y 2293, de fechas 19 de noviembre de 1979,4 de octubre de 1980 y 9 de marzo de 1981, respectivamente. 3.- Res. No.249-82-MC, de fecha 20 de julio de 1982, median- te la cual se modifican las Resoluciones Nos.200-79-C y 225-80- MC, de fechas 7 de agosto de 1979 y 11 de agosto de 1980, para rebajar al 50% la exoneracibn sobre la importacibn de materias pri- mas que en proporcih de un 70% disfruta actualmente la empresa AIRES PBL DOMINICANA, C. POR A. Asimismo, se desestima la solicitud de aumento de materias primas formulada por dicha em- presa AIRES PBL DOMINICANA, C. POR A. 4.- Res. No.138-83-V, de fecha 20 de $io de 1983, mediante la cual se concede a la empresa REFRI-AUTO, C. POR A , un pla- zo de 6 meses a partir de la fecha en que sea aprobada por el Poder Ejecutivo su resolucibn de clasificacibn, para ponerse a1 mismo ni- vel de integraci6n de su competidora KOOL TEMP DOMINI- CANA, C. POR A., a1 requerimiento seiialado su clasificacibn que- dard sin efecto. 5.- Res. No.156-83-C, de fecha 18 de agosto de 1983, median- te la cual se clasifica a la empresa MISTOLIN DOMINICANA, C. POR A., en la Categoria “C”, por el tCrmino de 8 aiios, y se le concede exoneracibn, en proporcibn de un 70% de todos 10s dere- chos e impuestos de importacibn y demds gravdmenes conexos, in- cluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo in- terno que incidan sobre las materias primas que se consignan en el Ordinal Segundo de dicha Res. No. 15 6-8 3-C. 6.- Res. No. 168-83-RC, de fecha 18 deagostode 1983,median- te la cud se reclasifica a la empresa CAPLE, S.A., a partir del 5 de agosto de 1983, en la Categoria “C”, por el termino de 8 aiios, y se le concede exoneracibn en 10s porcentajes seiialados, de todos 10s derechos e impuestos de importacibn y demis gravimenes co- nexos incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de con- sumo interno, que incidan sobre las materias primas que se deta- llan en el Ordinal Segundo de dicha Res. No. 168-8 3-RC. Articulo 2.- Enviese a las Secretarias de Estado de Industria y Comercio y de Finanzas, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Doming0 de Guzmrin, Distrito Nacional, Capi- tal de la Repliblica Dominicana, a 10s quince (15) dias del mes de dicienibre del a150 mil novecientos ochenta y tres; aiio 140' de la Independencia y 12 l o de la Restauracion. SALVADOR JORGE BLANCO Dee. No. 1663, que aprueba varias resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial. G. 0. No. 9627, del 16 de diciembre de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la RepGblica Dominicana

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona