Texto de la norma
Dec. No. 1658, que autoriza a varias personas a aceptar y usar sendas condecoraciones extranjeras.
G. O. No. 9627, del 16 de diciembre de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1658
VISTAS las instancias elevadas al Poder Ejecutivo por los señores Lic. Rafael Flores Estrella, Ing. Ramón Alburquerque, Lic. Fulgencio Espinal, Dr. José Martínez, Ing. Miguel Vargas Maldonado y César Roque, para poder aceptar y usar la condecoración "Vicente Emilio Sojo" en su Segunda Clase, que les ha conferido la Asamblea Legislativa del Estado de Miranda de Venezuela;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 1325, de fecha 13 de enero de 1947, y el Reglamento No. 4157, de fecha 4 de febrero de 1947;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.— Los señores Lic. Rafael Flores Estrella, Ing. Ramón Alburquerque, Lic. Fulgencio Espinal, Dr. José Martínez, Ing. Miguel Vargas Maldonado y César Roque, quedan autorizados a aceptar y usar la condecoración "Vicente Emilio Sojo" en su Segunda Clase, que les ha conferido la Asamblea Legislativa del Estado de Miranda de Venezuela.
Artículo 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y tres; año 140° de la Independencia y 121° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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