Texto de la norma
Dec. No. 1622, que concede naturalización dominicana provisional en favor de la menor de edad Sanny Mary Carmen Payán Vargas.
G. O. No. 9626, del 30 de noviembre de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1622
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, ha elevado al Poder Ejecutivo el Sr. Pedro María Payán Duluc, para que le sea concedida la naturalización dominicana provisional a su hija menor de edad Sanny Mary Carmen Payán Vargas;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana provisional en favor de la menor de edad Sanny Mary Carmen Payán Vargas, nacida en Freeport, Grand Bahama, Islas Bahamas, en fecha 26 de septiembre de 1968, hija de los Sres. Pedro María Payán Duluc y Marina Vargas de Payán, ambos de nacionalidad dominicana.
Artículo 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 121o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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