Decreto Nº 4438, que sujeta a permiso la exportación de carne y sus derivados. G. O. Nº 8821, del 7 de enero de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4438.
VISTA la Ley sobre Medidas de Emergencia Nº 2700 del 28 de enero de 1951;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La exportación de carne y sus derivados queda sujeta a un permiso previo que deberá ser otorgado por el Control para la Exportación de Ganado, nombrado por Decreto Nº 2887 del 27 de junio de 1957.
Art. 2.— Queda modificado en cuanto sea necesario el Decreto Nº 3714 del 6 de agosto de 1946.
DADO en Ciudad Trujillo,, Disrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de diciembre del mil novecientos cincuenta y ocho, años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona