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Texto de la norma
ventario de 10s Bienes que Constituyen el Patrimonio de 10s Fun-
cionarios PGblicos.
DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s tres ( 3 ) dias del mes de
noviembre del aiio mil novecientos ochenta y tres; aiio 1400 de
la Independencia y 12 10 de la Restauracih.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dec No.1544, que nornbra al seiior Arturo Calventy Thomen, Ministro Consejem, E N
cargado de Asuntos Consulares de la Ernbajada de la Repiblica en Canadi.
G. 0. No. 9625, del 16 de noviembre de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la RepGblica Dominicana
b
NUMERO : 1 5 44
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constitucibn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- El seiior Arturo Calventy Thomen, queda desig-
nado Ministro Consejero, Encargado de Asuntos Consulares de la
Embajada de la Republica en Canadi.
Articulo 2.- El seiior Arturo Calventy Thomen, deberi cumplir
con las disposiciones de la Ley No.82, de fecha 16 de diciembre de
1979, sobre Inventario de 10s Bienes que Constituyen el Patrimo-
nio de 10s Funcionarios Publicos.
DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Ca-
pital de la Republica Dominicana, a 10s tres ( 3 ) dias del mes de no-
Y
viembre del ario mil novecientos ochenta y tres; ario 1400 de la
Independencia y 12 l o de la Restauracih.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dee. No.1545, que oturga exequitur a varios profesionales
G. 0. No. 9625, del 16 de noviembre de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la RepGblica Dominicana
NUMERO: 1545
VISTA la Ley sobre ExequLtur de Profesionales, No. 11 1, de fe-
cha '3 de noviembre de 1942, y sus mcdificaciones;
VISTA le Ley sobre Organizacion Judicial No.821, de fecha 21
de noviembre de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley de Notariado, No.301, de fecha 18 de junio de
1964;
VISTA la Ley No.63 3, sobre Contadores PGblicos Autorizados
de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantia de Mkdicos ReciCn Gra-
duados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 5 5
de la Constitucion de la RepGblica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se otorga exequhtur a las personas serialadas a
continuacih, para que puedan ejercer en todo el territorio de la
.
Y
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.