Texto de la norma
Decreto Nº 1618, que autoriza al Ayto. del Municipio de Tenares a vender dos solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9248, del 11 de Diciembre de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1618
VISTA el acta de la sesión extraordinaria celebrada por el Ayuntamiento del Municipio de Tenares, en fecha 1ro. de febrero de 1971;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Tenares a vender los solares de su propiedad que se indican a continuación:
a) Solar ubicado en la Manzana Nº 15 del Distrito Catastral Nº 5 del Municipio de Tenares, con una extensión superficial de 170 metros cuadrados, localizado en la calle "Dr. Tejada Florentino", por la suma de RD$340.00, en favor de la señora Carmen Ureña; y
b) Solar Nº 6 de la Manzana Nº 17 del Municipio de Tenares, con una extensión superficial de 170 metros cuadrados, por la suma de RD$340.00, en favor del señor Paulino Escaño Peña.
Los indicados solares han sido ocupados por los mencionados señores en calidad de arrendamiento, existiendo en los mismos construcciones para uso de vivienda familiar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y uno, años 128° de la Independencia y 109° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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