Texto de la norma
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Decreto N" 1501, que concede pensiones del Estado a varios centenariorr
y nonagenarias.
(G. 0. No 9245, de! 13 de Noviembre de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Rep6blica Dominicana
NUMERO 1501
VISTA la Ley No 4219, de fecha 22 de julio de 3953;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
65 de la Constituci6n de la Repfiblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.-Se
conceden sendas pensiones del Estado de RD$
60.00 (sesenta pesos oro) mensuales cada una, a laa centenarias
Conrada Santos Ruiz y Roselia Ventura.
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Art. 2.-Se
conceden sendas pensiones del Estado de RD$-
30.00 (trcinta pesos om) mensuales cada una, a 10s nonagena-
rios Josh del Carmen, Juan Vasquez, Pablo Reyes, Maria Con-
cepci6n Abreu, Felix Burgos, Silvano Padilla, Miguel Javier,
Petronila Siri (Toni), Ram6n Ramirez, Valentin Reyes, Carlos
Santana, Juana Evangelista, Manuel Mejia y Maria Leoncia
Aquino Reyes.
Art. 3.-Dichas
pensiones serhn pagadas con cargo a1 Fon-
do de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos P6-
blicos.
T
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Repiiblica Dominicana, a 10s diecisiete dias del
mes de septiembre del aiio mil novecientos setenta y uno, aiios
128Q de la Independencia y log9 de la Restauracih.
JOAQUIN BA LAGUER
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