Texto de la norma
Dec. No. 1423, que aprueba varias resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial.
G. O. No. 9622, del 30 de septiembre de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1423
CONSIDERANDO que las empresas UNIVERSAL DE INVERSIONES, S. A., CEN-TEX HOLDINGS, INC. y CARIBBEAN ELECTRONICS, LTD., han formulado al Departamento Técnico Industrial de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, sendas solicitudes para acogerse a los beneficios de la Ley No. 299, sobre Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO que luego de realizarse los estudios pertinentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desarrollo Industrial dictó las correspondientes resoluciones;
VISTA la Ley No. 299, sobre Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO PRIMERO.— Se aprueban las resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial que se mencionan a continuación:
1.— Res. No. 149.83-C, de fecha 11 de agosto de 1983, mediante la cual se clasifica a la empresa UNIVERSAL DE INVERSIONES, S. A., para instalarse en la Zona Franca de San Pedro de Macorís, en la Categoría "A", por el término de 15 años, con el 100o/o de exoneración sobre las materias primas que se detallan en el ordinal primero de dicha Resolución. Asimismo, se le conceden a la mencionada empresa todos los beneficios que acuerda la Ley No. 299, de fecha 23 de abril de 1968 a las empresas clasificadas en la Categoría "A".
2.— Res. No. 150-83-C, de fecha 11 de agosto de 1983, mediante la cual se clasifica a la empresa CEN-TEX HOLDINGS, INC., para instalarse en la Zona Franca de La Romana, en la Categoría "A", por el término de 15 años, con el 100o/o de exoneración sobre las materias primas que se detallan en el ordinal primero de dicha Resolución. Asimismo, se le conceden a la mencionada empresa todos los beneficios que acuerda la Ley No. 299, de fecha 23 de abril de 1968 a las empresas clasificadas en la Categoría "A".
3.— Res. No. 151-83-C, de fecha 11 de agosto de 1983, mediante la cual se clasifica a la empresa CARIBBEAN ELECTRONICS, LTD., para instalarse en la Zona Franca Industrial de Santiago, en la Categoría "A", por el término de 12 años, con el 100o/o de exoneración sobre las materias primas que se detallan en el ordinal primero de dicha Resolución. Asimismo, se le conceden a la mencionada empresa todos los beneficios que acuerda la Ley No. 299, de fecha 23 de abril de 1968 a las empresas clasificadas en la Categoría "A".
ARTICULO SEGUNDO.— Envíese a las Secretarías de Estado de Industria y Comercio y de Finanzas, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 121o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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