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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4373

QUE AGREGA LOS PARRAFOS I Y II DEL ARTÍCULO 1° DEL REGLAMENTO DE PASANTIA HOSPITALARIA PARA MEDICOS RECIEN GRADUADOS EN LA UNIVERSIDAD DE SANTO DOMINGO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 dic de 1958fecha
Reglamentotipo
G. O. 8315Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 4373, que agrega los párrafos I y II del artículo 1o. del Reglamento de Pasantía Hospitalaria para Médicos Recien Graduados en la Universidad de Santo Domingo. G. O. N° 8315, del 20 de diciembre de 1958. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4373 VISTOS los artículos 109 y 111 del Código de Salud Pública; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.—Se agregan los Párrafos I y II al artículo 1° del Reglamento de Pasantía Hospitalaria para los Médicos Recién Graduados en la Universidad de Santo Domingo, N° 1953, del 6 de agosto del 1956, para que rijan así: "I.—La referida pasantía hospitalaria se podrá iniciar a partir de la aprobación total de las materias del último curso, de la Facultad de Medicina de la Universidad de Santo Domingo, sin necesidad de esperar la presentación de la tesis. II.—Se computará igualmente en dicha pasantía el tiempo durante el cual los médicos recién graduados presten servicio como médicos del Estado o de sus instituciones autónomas". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de diciembre del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona