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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1394

QUE AUTORIZA AL BANCO CENTRAL A REALIZAR LOS APORTES QUE FUEREN NECESARIOS PARA HACER EFECTIVO EL AUMENTO DE LA CUOTA DE LA REPUBLICA DOMINICANA COMO MIEMBRO DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 sept de 1983fecha
Otrostipo
G. O. 9621Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1394, que autoriza al Banco Central a realizar los aportes que fueren necesarios para hacer efectivo el aumento de la cuota de la República Dominicana como Miembro del Fondo Monetario Internacional. G. O. No. 9621, del 16 de septiembre de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1394 CONSIDERANDO que como consecuencia de la Octava Revisión General de cuotas de los países Miembros del Fondo Monetario Internacional, a la República Dominicana le ha correspon- dido un aumento de 29.6 millones en Derechos Especiales de Giro, para ser aportado en una proporción de un 25o/o en Derechos Especiales de Giro o en las monedas utilizables de otros Miembros, o en cualquier combinación de Derechos Especiales de Giro y las otras monedas utilizables, y el restante 75o/o en moneda nacional; CONSIDERANDO que el artículo 1 de la Ley No. 1531, de fecha 9 de octubre de 1947, que regula la actuación y representación del Banco Central de la República Dominicana frente a los Convenios Monetarios y Bancarios suscritos y ratificados, pone a cargo de dicho Banco la obligación de hacer los aportes que le correspondan a nuestro país como Miembro del citado Organismo, previa autorización por Decreto del Poder Ejecutivo; CONSIDERANDO que la Junta Monetaria, mediante su Novena Resolución adoptada en fecha 14 de julio de 1983, al aprobar el aumento propuesto para la República Dominicana, acordó también solicitar la autorización del Poder Ejecutivo para realizar oportunamente los aportes requeridos con esa finalidad; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Banco Central de la República Dominicana a realizar los aportes que fueren necesarios para hacer efectivo el aumento de la cuota de la República Dominicana como Miembro del Fondo Monetario Internacional, de conformidad con los términos acordados en la Octava Revisión General de las cuotas correspondientes a los países afiliados a dicho Organismo. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 121o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona