Decreto N° 5556, que otorga el exequátur de Abogado a los Doctores Enrique Onésimo Guerrero y Augusto Godofredo Rodriguez Torres.
G. O. N° 8452, del 25 de Febrero de 1960
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5556.
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales N° 111 de fecha 3 de noviembre de 1942;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO:— Otorgo exequátur para que puedan ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Abogado, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia, a las siguientes personas:
a) Doctor Enrique Onésimo Guerrero; y
b) Doctor Augusto Godofredo Rodríguez Torres.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de febrero del mil novecientos sesenta, años 116º de la Independencia, 97º de la Restauración y 30 de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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