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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5469

QUE NOMBRA AL PRIMER TENIENTE MANUEL LEANDRO MEDINA, E.N., CONTROL PARA LA IMPORTACION DE TUBERIA DE HIERRO CENTRIFUGADO, Y DE ALAMBRE DE PUAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 ene de 1960fecha
Designacióntipo
G. O. 8442Gaceta Oficial del 1 ene de 1960
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 5469, que nombra al Primer Teniente Manuel Leandro Medina, E. N., Control para la importación de tubería de hierro centrífugado, y de alambre de púas. G. O. Nº 8442, del 26 de Enero de 1960 HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5469 En uso de los poderes de que estoy investido por la Ley sobre Medidas de Emergencia, Nº 5112 del 21 de abril del 1959, que ratifica la NQ 2700, del 28 de enero del 1951 y el? ejercicio de las facultades que me confiere el articulo 54 de la Constilaci6ii dc 13 Kepiiblica, dido el siguiente 1) E C; K E '1' 0 : Art. 1.--El Primer Teniente Manuel Leandro Rledina, E. N., c~ued_a nonihrado (;on trol para la iiiiportacidn de tuberia de 1iim-o centrifugado y de alambre de puas, en sustitucion del C q M m Manelik Fiallo Poll, E. N. Art. 2.--Todas las operaciones de importacion de tuberia centl-ifugada o de alambre de pims, requerirhn uii periniso del Control establecido en el articulo anterior. Ah.l. 3-Quedan derogados 10s 1)ecretos N'! 5031- y N" c j O h , de fcclias 1 y 12 de agosto del 1959, respectivaniente. l)zl DO en Ciudacl Tr~ijillo, Distrito Nacional, Capital dc la Republica llominicana, a 10s Yeiiitidos dias del mes de enero del mil novecientos sesenta, afios 116' de la Indepen- dencia, 97" de la Restauracibn y 30" cle la Era de Trnjillo. IlEC TOR B. TRI '.I ILIA) ,llO IJXA Decreto K" 5470, que atribuye nuevas funciones a la Junta Coinpradora de tod, equipo para las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional, y nom- bra a 10s sefioi-es Coronel Ferrer L6pez Guzinh, E. N., y Bienvenibo CipriB,i, Teniente de Navio, M. de G., Miembros de la mencionada Junta compradora. G . 0. No 8443, del 30 de Enero de 19G0 ilECII'OR JIIEN I'ES1i)O Tli~r.llT,l,O MOLlX.4 1W.s id ('11 t t> tl o 1u R r pli h I ice( II om ir ii ctin o S U J l l K O 5 470 Ea ejercicio de 1:is atribuciones que ine confiere el ar- ticulo 54 de la Constituciciii de la Republica, dicto el siguiente L ) I S C K E T O : Art. 1.-La Junta Conipradora de todo equipo para las Fuerzns Armadas y la Policia Nacional creada por Decreto del R d e r Ejecutko, No 53-29, del 30 de noviembre del 1959, IendrA, en adici6n a sus denias atribuciones, la de aprobar, previa inspecci6n, el descargo del equipo de todo gknero pro- piedall del Estado, entendikndose, en consecuencia, que, et1 cada caso, deberri sorneterae a dicha Junta la solicitud de aprobacibn correspondiente. Arl. 2.--El Coronel Ferrer Ltpez Guzman, del Ejkrcito Nacional, y el Teiiiente de Navio Bicnvenido Ciprihn, de la

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona