Decreto Nº 6073, que concede pensiones del Estado a las nonagenarias indigentes Rosario Pontier y María del Amparo Ravelo.
G. O. Nº 8507, del 21 de Septiembre de 1960.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6073
CONSIDERANDO: Que las personas que se indican en este Decreto reúnen las condiciones exigidas para que los nonagenarios puedan ser beneficiados con una pensión del Estado;
VISTA la Ley Nº 4219 del 22 de julio del 1955 y su Reglamento Nº 1150, del 14 de septiembre del mismo año;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Concedo el beneficio de una pensión del Estado de RD$10.00 mensuales a las siguientes personas nonagenarias:
a) Rosario Pontier; y
b) María del Amparo Ravelo.
Art. 2.—Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de sep-
tiembre del mil novecientos sesenta, años 117° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
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