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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6047

QUE NOMBRA AL SR. JOSE ANTONIO MINIÑO R., GOBERNADOR CIVIL DE LA PROVINCIA SAN RAFAEL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 sept de 1960fecha
Designacióntipo
G. O. 8505Gaceta Oficial del 1 ene de 1960
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
+.-(j$)&- u ) Decreta No 604G, que nornbra a 10s seiiores Lie. Amable Botello y Dr. Lorenzo E. Pi5a Puello, Gobeimadores Civiles de las Provincias de La Altagracia y Benefactor, respectivsmente. G. 0. NO 8505, del 10 de Scptizmbre de 1960. JOA QrJliV BAL. 1 GUER I €+c.sirlont(~ (le I(( Kopiihlicw 1)oiniiirc~ritn - _ _ - _ - NURIERO : 6046 VISTA la Ley sobre Atribuciones y Deberes de lhs Go- bernadores Civiles de las I'rovincias Nf) 2661, del 31 de diciein- bre de 1950, y sus inodificacioiies: VISTOS 10s articulos 81 y 119 de la Constitucibn de la Repiihlica, y en ejercicio de las atribuciones que me confierc! el articulo 51 de la inisilia, tficto el sigiiienlc I) E c: EZ E '1' 0 : + Art. l.-1<1 Lic. Ainablc HrJtello queda nornbrado [;ohei,- nador Civil de la Provincia de La A1 tagracia, en suslituci0ii' del Dr. Lorenzo E. Piiia Puello. t. 2.--IS1 Ilr. Lorenzo E. Pjiia Puello queda nonibradoi Gobernador Civil de la Provincia Benefactor, en sustitucitin del sefior Alejandr-o Faniagua JIako. DADO cn Giudad Trujillo, Distri to Nacional, Capilal tiel ;la Kepljblica I)ominicana, a 10s treinta dias del iiies cle agos- to de mil noyecientos sesenla, alios 117" de la Independencia, 98" dc la Restduracicin y 31" de 1:1 Era de Trujillo. JOL4 Q U I N R A I A G CER Decreta NO 6047, que noinbra a1 Sr. Jose Antonio Mmiiio R., Gobernador Civil de la Provincia San Rafacl. G. 0. NO 8505, del 10 de Septieinbre de 1960. JOAQUIN BALAGUER Presidente de lii Republica Domulrc*ana - + NUMI",HO 6047 VISTA la Ley sobre Atribuciones y Deheres de 10s Gobey- inadores Civiles de Provincias, No 2GG1, del 31 de d56iemlmt de l!).X, y sus modificaciones; VISTOS los artículos 84 y 119 de la Constitución de la República y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la misma, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.—El señor José Antonio Miniño R., queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia San Rafael, en sustitución del Doctor Pedro María Alcántara. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, el primero de septiembre del mil novecientos sesenta, años 117° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER Decreto Nº 6048, que otorga las medallas de "Constanza", "Maimón" y "Estero Hondo", a varios Oficiales y Alistados del Ejército Nacional, y dicta otras disposiciones. G. O. Nº 8508, del 28 de Septiembre de 1960. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 6048 CONSIDERANDO: Que por justiciera recomendación del Insigne Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Dr. Rafael Leonidas Trujillo Molina, Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, se instituyeron las medallas de "Luperón", Constanza", "Maimón", y "Estero Hondo", con el objeto de premiar a los militares y civiles que en una forma u otra de distinguieron repeliendo la agresión comunista mediante la cual se trató de profanar el suelo de la Patria; VISTA la Ley Nº 5176, del 24 de julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Otorgar, como por el presente otorgo, la Medalla de "Constanza", en la categoría que les corresponda, a los siguientes Oficiales y Alistados del Ejército Nacional; Primer Teniente Ramón Antonio Báez y Báez, Primer Teniente Francisco Medina Santos, Primer Teniente José Virgilio Alvarez Céspedes, Sargento Chófer Desiderio Castro Serrano,

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona