miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6004

QUE OTORGA LAS MEDALLAS DE "CONSTANZA", DE "MAIMON" Y DE "ESTERO HONDO", A VARIOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS, DE LA POLICIA NACIONAL, Y A VARIOS CIVILES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 ago de 1960fecha
Condecoracióntipo
G. O. 8502Gaceta Oficial del 1 ene de 1960
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 6004, que otorga las medallas de "Constanza", de "Maimón" y de "Estero Hondo", a varios miembros de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional, y a varios civiles. G. O. N° 8502, del 30 de Agosto de 1960. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 6004. CONSIDERANDO: Que por Justiciera recomendación del Insigne Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Dr. Rafael Leonidas Trujillo Molina, Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, se instituyeron las medallas de "Luperón", "Constanza", "Maimón" y "Estero Hondo", con el objeto de premiar a los militares y civiles que en una forma u otra se distinguieron repeliendo la agresión comunista mediante la cual se trató de profanar el suelo de la Patria; VISTA la Ley N° 5176 del 24 de Julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el ar- ticulo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1º.—Otorgar, como por el presente otorgo, las Medallas de "Constanza", de "Maimón", y de "Estero Hondo", en la clase militar y en la categoría que les corresponda de acuerdo con su grado, a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas: Teniente Coronel John W. Abbes García, E. N. Capitán de Corbeta Cándido Torres Tejeda, M. de G. Capitán Miguel Pastor del Villar Alvarez, P. N. Alférez de Fragata Clodoveo Edmundo Ortiz González, M. de G. Segundo Teniente Alfredo Alcibíades Hernández, E. N. Segundo Teniente Octavio de Jesús Pichardo, E. N. Art. 2º.—Otorgar, como por el presente otorgo, las Medallas de "Constanza" y de "Estero Hondo", en la clase militar y en la Cuarta Categoría, al Raso Ciriaco de la Rosa Luciano, P.N. Art. 3º.—Otorgar, como por el presente otorgo, la Medalla de "Constanza", en la Primera Categoría y en la clase civil, a los señores Dr. Faustino Alfonso Pérez, Francisco Villeta Delgado (Cholo), Manuel María Domínguez, Luis Castellón Lembert, Emilio Estrada Mayeta, José de la Rosa, Ramón Antonio Toribio, Guillermo Alba Martínez y Ernesto Scott. Art. 4º.—Otorgar, como por el presente otorgo, las Medallas de "Estero Hondo" y de "Maimón", en la Primera Categoría y en la clase civil, a los señores Dr. Faustino Alfonso Pérez, Francisco Villeta Delgado (Cholo), Federico Gerardino, Darnado A. Castillo, Manuel de Jesús Henríquez, Emilio Estrada Mayeta, José Franjul, Néstor Antonio Pérez Terreno, Pascual Clemente y Juan Pelegrín García. Art. 5º.—Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de agosto del mil novecientos sesenta, años 117º de la Independencia, 97º de la Restauración y 31º de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona