Texto de la norma
Decreto Nº 5922, que integra la Junta de Administración de Ahorros y de Previsión de los Alistados de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
G. O. Nº 8497, del 4 de Agosto de 1960.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5922
VISTO el artículo 6 del Reglamento Nº 5905, del 8 de julio de 1960;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La Junta de Administración de Ahorro y de Previsión de los Alistados de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, prevista en el artículo 6 del Reglamento Nº 5905, del 8 de julio de 1960, estará integrada de la siguiente manera: el Subjefe de Estado Mayor del Ejército Nacional, Presidente; el Subjefe de Estado Mayor de la Aviación Mili-
tar Dominicana, Primer Vicepresidente; el Subjefe de Estado Mayor de la Marina de Guerra, Segundo Vicepresidente; el Intendente General del Ejército Nacional, Tesorero; el Oficial Encargado del Personal y Ordenes del Ejército Nacional, Secretario; y el Oficial de Leyes de la Aviación Militar Dominicana y el Consultor Jurídico de la Policía Nacional, Vocales.
Art. 2.—Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de julio del mil novecientos sesenta, años 117° de la Independencia, 97° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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